¿Puede un autónomo
contratar a un familiar?

Los autónomos pueden tener tantas personas contratadas como necesiten, pueden ser trabajadores por cuenta ajena, otros autónomos e incluso familiares. De hecho, es bastante habitual que la familia intervenga en las pequeñas y medianas empresas para ayudar con el negocio. Y para ello existe una figura llamada autónomo colaborador.

Se trata de una figura especial de autónomo, creada especialmente para incluir a los familiares de los empresarios.
Los requisitos para darse de alta como autónomo colaborador son los siguientes:

  • Familiar directo. Esto es, el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes del empresario, por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el segundo grado inclusive.
  • Deben trabajar en el negocio de forma habitual. No podrá darse de alta como autónomo colaborador si solo se trata de una colaboración puntual.
  • Convivir en el mismo hogar o ser dependiente del autónomo titular del negocio.
  • No deben estar dados de alta como trabajadores por cuenta ajena.
  • Tener al menos 16 año. Nunca podrá ser autónomo colaborador un menor de 16 años. Y es que según el Estatuto de los Trabajadores está prohibido que ejerzan cualquier actividad profesional. Por lo tanto, tampoco para sus familiares.
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