¿Puede un autónomo
contratar a un familiar?
Los autónomos pueden tener tantas personas contratadas como necesiten, pueden ser trabajadores por cuenta ajena, otros autónomos e incluso familiares. De hecho, es bastante habitual que la familia intervenga en las pequeñas y medianas empresas para ayudar con el negocio. Y para ello existe una figura llamada autónomo colaborador.
Se trata de una figura especial de autónomo, creada especialmente para incluir a los familiares de los empresarios.
Los requisitos para darse de alta como autónomo colaborador son los siguientes:
- Familiar directo. Esto es, el cónyuge, los descendientes, ascendientes y demás parientes del empresario, por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el segundo grado inclusive.
- Deben trabajar en el negocio de forma habitual. No podrá darse de alta como autónomo colaborador si solo se trata de una colaboración puntual.
- Convivir en el mismo hogar o ser dependiente del autónomo titular del negocio.
- No deben estar dados de alta como trabajadores por cuenta ajena.
- Tener al menos 16 año. Nunca podrá ser autónomo colaborador un menor de 16 años. Y es que según el Estatuto de los Trabajadores está prohibido que ejerzan cualquier actividad profesional. Por lo tanto, tampoco para sus familiares.